Política de Igualdad en el Sector Público: Mujeres rurales

Titularidad Compartida de explotaciones agrarias

1. Presentación de la política pública elegida

La política pública elegida, en mi caso, versa sobre la igualdad en el sector agrícola, concretamente en la titularidad compartida de explotaciones agrarias. La política elegida tiene su origen en 2011, año en que se aprueba la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias.

En este sentido, la propiedad sobre una explotación agraria tiene un carácter propio, diferente a la cotitularidad sobre otro tipo de bien inmueble. Esto es debido a que, de una explotación agraria, se derivarán beneficios económicos, por lo que quien ostenta la titularidad tendrá la propiedad de dichos beneficios, así como la gestión habitual de dicha explotación o las consecuencias fiscales derivadas de tal titularidad.

El sector agrícola es uno de los principales sectores de actividad donde, la desigualdad de sexos es hoy más acentuada que en otros sectores. En concreto, en el plano de la titularidad de explotaciones, actualmente, solo un 28’59% de las mujeres son titulares de explotación. El ostentar dicha condición otorga una serie de beneficios como son el reparto de rendimientos al 50%, la consideración de los titulares como beneficiarios directos de las ayudas y subvenciones o la cotización a la seguridad de los mismos.

Por todo lo anterior, me ha parecido importante analizar la titularidad compartida de las explotaciones agrarias la cual es, en mi opinión una política específica al abordar un problema específico como es la desigualdad, en el ámbito rural, en la titularidad de las explotaciones agrarias.

2. Analiza la política pública que hayas elegido

Respecto al análisis de la política elegida, tiene implicación en los tres ámbitos propuestos en el ejercicio.

Con respecto a los ROLES DE GÉNERO, en el mundo rural son las mujeres quienes continúan ocupándose mayoritariamente del hogar, así como de los cuidados familiares. Unido a que hay un acusado envejecimiento poblacional y que, el éxodo rural es mayoritariamente femenino, nos encontramos con que la población activa son mayoritariamente varones, incluido en esto la condición de la titularidad de la explotación. Con la política de titularidad compartida de las explotaciones agrarias las mujeres se incorporarán mayoritariamente a la población activa, teniendo en cuenta que, para considerarse titularidad compartida la administración, representación y responsabilidad sea compartida.

Respecto a los RECURSOS, hay que tener en cuenta que, en muchas ocasiones, el trabajo de la mujer en el mundo rural quedaba frecuentemente invisibilizado. Era habitual que la mujer participara en las tareas agrarias pero que solo el hombre fuera titular de la explotación y de todos los derechos que eso conllevaba. El ostentar la condición de titular otorgará a la mujer la obtención del 50% de los recursos, de ser titular de las subvenciones que pudieran concederse, así como de cotizar a la seguridad social.

Por último, en relación con la REPRESENTACIÓN, como hemos dicho con anterioridad, la Ley establece como requisito imprescindible para poner hablar de titularidad compartida que la administración de la explotación corresponderá a ambos titulares. Además, la responsabilidad será solidaria, es decir, que ambos titulares serán igualmente responsables.  

3. Comenta, si conoces, el impacto y resultados que ha tenido o tiene esa política pública. Si desconoces esa información, comenta entonces el impacto y resultados que consideras que podría tener.

En este sentido, según datos del censo agrario, en 2009 solo un 19’62% de las mujeres eran titulares de explotación, mientras que, en 2020 (último censo agrario) esta cantidad ha aumentado a 28’59%.

Además de los datos anteriores, a lo largo de todo el ejercicio se ha ido aportando información acerca que lo que ya ha supuesto y podrá suponer en el futuro la política elegida. En este sentido, como se ha comentado anteriormente, en el mundo rural había dos brechas importantes a las que hacer frente.

Por un lado, el trabajo de la mujer invisibilizado. En este sentido, un gran número de mujeres llevaban a cabo labores agrarias que no eran reconocidas oficialmente, ya no solo como titulares de la explotación si no que, ni siquiera como asalariadas.

Por otro lado, la figura de la mujer como cuidadora de familiares y del hogar, lo que implicaba una situación de desigualdad ante la posibilidad de llevar a cabo una vida independiente.

Por todo ello, establecer una Ley que supone beneficios a la titularidad compartida de explotaciones, tales como preferencia a la hora de obtener subvenciones u obtener beneficios fiscales, implica un mayor interés a la hora de establecer la cotitularidad de las explotaciones.

4. ¿Qué puntos fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública?

En relación con los puntos y fuertes y las debilidades, he encontrado numerosos puntos fuertes que, además, he ido desgranando a lo largo de todo el ejercicio, y escasas debilidades.

En relación con los puntos fuertes, algunos de los que no hayamos hecho mención con anterioridad, son por un lado el carácter de Ley así como el Registro de Explotaciones de Titularidad Compartida.

En primer lugar, es una política enmarcada en una Ley, lo que otorga una seguridad jurídica mayor que otro instrumento jurídico, un mayor desarrollo de la misma así como continuidad a largo plazo. Que se establezca en una Ley además, permite ser soporte para diferentes acciones que fomenten la titularidad compartida de explotaciones, tales como subvenciones, ayudas, premios etc.

Por otro lado, la Ley establece la obligatoriedad de la inscripción de la titularidad en un Registro creado ad hoc en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Esta inscripción será constitutiva, por lo que otorga un mayor control y seguridad jurídica en la titularidad compartida de dichas explotaciones. Ello es porque, para poder proceder a la inscripción, se requiere

-        Alta en la seguridad social de ambos titulares

-        Ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal

-        Residir en el ámbito territorial en que radique la explotación

 Esto otorga una mayor protección a las mujeres que, como consecuencia de los beneficios que otorga la titularidad compartida no se pretenda falsear dicha titularidad con ese fin.

Otros puntos fuertes de dicha política son los beneficios fiscales, así como las subvenciones y ayudas existentes para explotaciones de titularidad compartida.

En relación con las debilidades quizá, podríamos reflexionar sobre la falta de mecanismos de control. A salvo del Registro en el momento inicial, a efectos de poder controlar que se cumplen los requisitos en el tiempo, el Estado cuenta con los medios habituales, no habiéndose creado medios específicos a tal fin. Lo que implica que, en muchas ocasiones estos sean insuficientes. 

 Retrato de la mujer rural a lo largo de la historia

 

 

 

 

 

 

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